Nueva normativa DGT para estacionamiento autocaravanas

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  • Última modificación de la entrada:octubre 3, 2024

Llega la nueva normativa de la DGT para el estacionamiento de las autocaravanas donde, por fin, se contempla en la ley que las autocaravanas puedan estacionar igual que cualquier otro vehículo. En 2025 entra en vigor una modificación del Reglamento General de Vehículos que, regula el aparcamiento de estos vehículos. 

Las autocaravanas podrán estacionar igual que los turismos

De este modo, después de muchos años de diferencias de interpretación entre Ayuntamientos y usuarios de autocaravanas, la DGT por fin modifica la ley para terminar con la discriminación hacia las autocaravanas. 

El estacionamiento de autocaravanas deberá efectuarse en las siguientes condiciones: 

a) Sin extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, considerando como tal la proyección en planta del mismo. 

b) Descansando sobre neumáticos, calzos o cuñas de seguridad.

c) Sin verter fluidos procedentes del habitáculo.

Si se cumplen las condiciones anteriores, el estacionamiento de las autocaravanas solo podrá verse limitado por restricciones genéricas de masas y dimensiones o por limitaciones temporales que afecten a todos los vehículos.  Es decir, se termina el «PROHIBIDO APARCAR AUTOCARAVANAS».

Prohibido aparcar autocaravanas

Actualmente existe la Instrucción de Tráfico 08/V-74, que en 2023 se modificó, pero que igualmente carece de validez legal, ya que no es ley, es simplemente una recomendación de la DGT.

¡Pero esta noticia es muy buena! ya que el hecho de que la DGT materialice la instrucción en ley ,es una petición a gritos del sector desde hace mucho tiempo, pero, de nuevo, esta buena noticia llega con un tinte amargo.

Identificamos dos problemas en este cambio de Ley

Los mismos derechos de estacionamiento para todos los vehículos vivienda

A nuestro modo de ver, esta modificación deja fuera a la gran mayoría de vehículos vivienda, al no mencionarlos explícitamente, como son:

  • Furgón vivienda.
  • Camión vivienda.
  • Turismo con mobiliario.
  • Caravana.

Ya que estos vehículos son, al igual que las autocaravanas, vehículos de uso recreativo, la modificación del Reglamento General de vehículos debería incluirlos también, para así evitar, otra vez, problemas entre ayuntamientos y usuarios.

Además, tampoco soluciona otro gran problema que existe en el sector, que es el de poder estar en el interior del vehículo durante el día y la noche. ¿Se va a permitir estar en el interior del vehículo estacionado correctamente en la vía pública? O, ¿va a quedar otra vez bajo decisión de los ayuntamientos?

La lógica nos dice que si nuestro vehículo vivienda está bien estacionado mientras nuestra actividad no trascienda al exterior, no hay motivo para que no podamos permanecer dentro de él sin importar la hora, pero dado que existen muchos intereses en contra, el reglamento general de circulación debería solventar esta cuestión e indicarlo en la nueva legislación.

¿Qué podemos hacer todos nosotros?​ 

Te hemos preparado un modelo de alegación, donde incluimos todo lo que consideramos que debería contener esta nueva ley para evitar así malas interpretaciones y discriminación. En nuestro escrito, solicitamos que no sean solo las autocaravanas las que puedan estacionar igual el resto de vehículos, sino que esta regulación se aplique a todos los vehículos vivienda, y que además se recoja el derecho a estar en el interior del vehículo y a pernoctar.

¿Y cómo puedes hacer llegar tu alegación?

1. Pincha en el enlace para descargar la alegación modelo que te hemos preparado.

2. Lee la alegación correctamente (puedes modificarla si lo ves oportuno).

3. Abre tu correo electrónico.

4. Copia tu alegación rellenando los datos personales. Si no los indicas, la alegación carece de validez.

5. Y envía el email al siguiente correo del ministerio del interior:  participacion.normativa@dgt.es

IMPORTANTE: El plazo para enviar tu alegación finaliza el 26/07/2024.

 

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Esta entrada tiene 5 comentarios

  1. José Hernández Cruz.

    Me ha gustado mucho la iniciativa que habéis tomado al respecto de incluir los demás vehículos vivienda a la nueva ley así como solucionar en esta el tema de la pernocta. Espero que en cuanto tengáis el modelo de alegación pueda copiarlo y enviar la alegación junto a el gran resto de afectados ya que a mí me afecta mucho ya que tengo mi caravana y esta cuestión me afecta seriamente. Gracias de nuevo por vuestra iniciativa. Ruego me aviséis cuanto esté el modelo disponible para unirme al resto de afectado.

  2. Homologatucamper.es

    Buenas, soy Raquel. Subimos el pasado sábado 6 de junio el modelo de alegación. En caso que estés de acuerdo, puedes copiar y enviar al correo electrónico que indicamos en este mismo artículo. Recordar que se pueden enviar las alegaciones hasta el 26 de julio y que en caso que consideres modificar algo de nuestra alegación, tanto para añadir como para quitar, lo puedes hacer libremente. Esperamos que tengan en cuenta las alegaciones enviadas.

  3. Victoria

    Donde se puede descargar el modelo de alegacion?
    Gracias

  4. Homologatucamper.es

    Buenas, soy Raquel. Lo tienes al final de este mismo artículo. Saludos

  5. cecilia

    hecho! por dos! ojalá aclaren mejor…. Gracias.

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